Recuerda usted este decreto del Sr. presidente de la Republica cuando designo las aurtoridades de la Provincia Independencia.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO:961-04
Enejercicio de las funciones que me confiere el Artículo 55 dela ConstitucióndelaRepública, dicto el siguiente
D E C R E TO:
ARTICULO 1.-El Lic. Salvador Bello, queda designado Fiscalizador del Municipio deDuvergé.
ARTICULO 2.-El Lic. Deomedes Plata Medina, queda designado Fiscalizador del Juzgado de Paz del Municipio deCristóbal.
ARTICULO 3.-La Lic. Solangel Matos Mancebo, queda designada Fiscalizadora del Juzgado de Paz del Municipio deMella.
ARTICULO 5.-La Lic. Mirian Duval,queda designada Fiscalizadora del Juzgado de Paz deLaDescubierta.
ARTICULO 6.-El Lic. Roberto Díaz Nova, queda designado Fiscalizador del Municipio de Jimaní.
ARTICULO 7.-Los Fiscalizadores aque se refiere el presente decreto, tendrán carácter provisional, de conformidadcon lo dispuesto en el Decreto No. 873-04, de fecha 17 de agosto del2004.
DADO: en la ciudad de Santo Domingo deGuzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a losveinticuatro (24) días del mes de agosto del año dos mil cuatro (2004); años 161de la Independencia y 142 de la Restauración.
LEONELFERNANDEZ
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